martes, 24 de julio de 2012

Corte Suprema y derechos del niño


juguetes maltratados, muñecas rabiosas - Saint Telm 2011
Muy buena -y necesaria- nota de Emilio García Méndez y Laura Musa alertando sobre un nuevo, extraño (!) y aparentemente problemático fallo de la Corte Suprema sobre Derechos del Niño, acá (y abajo transcripto). Ya hace tiempo habíamos alertado sobre el -más conflictivo- fallo García Méndez (2008), acá, y ahora parece que se profundiza en esa dirección de una forma sorprendente para una Corte tan cuidadosa en sus decisiones. Leemos.

La Corte cree que los menores de 14 años son incapaces

Emilio García Méndez / Laura Musa - Integrantes de Fundación Sur.

La incorporación explícita de la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN) a la reforma de 1994 (art. 75 inc. 22) permitió a partir de ese momento afirmar que la violación de los derechos de la infancia no sólo era aberrante sino además inconstitucional.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) parece no darse por enterada.

Primero, en un fallo verdaderamente lamentable del año 2008 (331:2691 García Méndez, E. — Musa, L) declaró constitucional el decreto de la dictadura militar 22.278 de 1980 (Régimen Penal de la Minoridad) y avaló en forma flagrante y explícitamente violatoria del art. 36 la Ley 26.061 de protección de la infancia, el uso de la privación de la libertad en cárceles de menores (particularmente en una de ellas eufemísticamente denominada Instituto Reeducativo San Martín) como forma de “protección”.

Con estos antecedentes y contrariando lo dicho por ellos mismos en el proyecto de reforma del Código Civil , donde se establecen distintas capacidades para las distintas edades de los menores de 18 años, estableció ahora en otro fallo lamentable (Fallo M. G c/P., C.A. del 26 de junio de este año) que los menores de 14 años son absolutamente incapaces.

Mas allá de la inconsistencia y desprolijidad que implica contradecir sus propias afirmaciones, este fallo constituye no sólo una aberración jurídica que niega rotundamente el innovador concepto de autonomía progresiva contenido en el art. 12 de la CIDN, sino que constituye una verdadera afrenta al sentido común más elemental.

Aunque suene paradójico, dos son las fuentes modernas del desarrollo tecnológico: las guerras (hace años que buena parte de la tecnología civil constituye el subproducto de la tecnología militar) y los niños.

Los niños, porque son los únicos que poseen dos cosas, una de las cuales se nos pierde invariablemente a los adultos: curiosidad y tiempo. La colonización de nuestro mundo de vida hace que, nosotros los adultos, cuando tenemos tiempo no tengamos curiosidad y cuando tenemos curiosidad, no tengamos tiempo.

Utilizar la incapacidad como fundamento de la “protección” de la infancia no sólo contradice toda evidencia con la vida real , sino que además conduce a los mismos oscuros caminos que durante siglos colocaron a la mujer en estado de inferioridad con la excusa de su “protección”. 

Al fin de cuentas, ¿quién sino sus nietos, sobrinos o ahijados son los que les arreglan la computadora en su casa a los miembros de la Corte? El chiste que esta Corte Suprema anacrónica nos cuenta acerca de los “incapaces absolutos” produce a lo sumo una sonrisa lastimosa.
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No encontramos el link oficial pero parece que se puede acceder al fallo acá.

5 comentarios:

  1. No comparto. Si bien la CS no fue prolija en su decisión -los términos no son muy claros- el caso tenía una tela para cortar que desaconsejaba el abogado del niño para ese supuesto. En otras palabras, malos argumentos para una decisión -un caso,es lo primero que se resuelve- que esta bien segun lo que traslucen los antecedentes relatados por el defensor.
    Fabián Parque Lillo

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    1. Puede ser. Yo no vi muchísimos argumentos no. Es una decisión corta y sin vuelo teórico. Si tiene el efecto que le atribuyen EGM y LM parece problemática. Habría que ver, como en todo fallo, el expediente y todo el proceso, pero sólo tenemos esto, che.
      Salut!
      L.

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  2. En "La era del imperio" Hobsbawm comenta que la resistencia al progreso, particularmente en los países más atrasados, se relaciona con una mentalidad conservadora, rural y retrógrada, que rechaza el progreso porque en esa situación "los hijos enseñan a sus padres" y no viceversa, como están dispuestos a aceptar. Ignorar el aporte de los niños e ignorar el progreso parecen ser actitudes relacionadas.

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  3. En "La era del imperio", Hobsbawm comenta que las sociedades retrógradas -basadas en una mentalidad rural, conservadora- rechazan el progreso porque en ese contexto no sólo los padres enseñan a sus hijos, sino que también los hijos desayunan a sus padres sobre lo nuevo. Tal parece que la negación del aporte de los niños, y la negación del progreso, son actitudes relacionadas...

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