viernes, 21 de diciembre de 2012

Julián Axat: Diez tesis sobre la democratización del Poder Judicial


A veces pasa que otras personas escriben las cosas que uno pensó y escribió, pero además las piensan y las escriben mejor que uno ;-D Ese es el caso de las "Diez tesis sobre la democratización del Poder Judicial" que escribió magistralmente Don Julián Axat. Acá -y en nuestro listado- el blog de Julián, gran fuente de la mejor poesía, derecho penal, opiniones políticas, actualidad y otras intervenciones que recomendamos explorar a fondo, discutir y exprimir a gusto. Copiamos y comentamos más tarde! Salud!!

la única justicia es la justicia poética en la pluma, en el arma del olvido -  La Plata 2012

Diez Tesis sobre la democratización del poder judicial argentino.

Julián Axat, defensor oficial

La administración de justicia local y nacional posee privilegios históricos, basados en la construcción de un tipo de poder vitalicio con inserción en los sectores más conservadores de la sociedad (casta), con capacidad de autoprotección y defensa reactiva. Describo aquí en diez tesis aspectos que caracterizan al sistema judicial argentino, y la posibilidad de su cambio o democratización, sin caer en el populismo judicial:

1) El Poder Judicial argentino finge que no hace política, cuando es un poder puramente político: Se sostiene falsamente que el poder judicial argentino no hace política, cuando está atravesado en todas sus instancias por la capacidad de decidir sobre la realidad social, desde un punto de vista netamente político. La forma en que se accede, y se permanece dentro de un cargo de magistrado depende de la política y la relación que este genera una trama con los poderes externos que lo influyen. Los actos judiciales son actos políticos, y no actos puros, neutros o asépticos.

2) El Poder Judicial argentino es una Nobleza de Estado que permanece aun cuando la política de turno cambia. Esta característica aristocrática y de origen feudal-hispánico; es contraria a las ideas de Mariano Moreno, de la Revolución Francesa. De allí que el poder judicial sea un poder contramayoritario. La composición patricia y de clase, asegura que la estructura tenga capacidad de influencia (hacia fuera-adentro) permanente con sectores privilegiados de la sociedad, y no con los sectores populares, contra los que en general se despliega. De allí que sea un poder naturalmente reaccionario (vinculado históricamente a militares, iglesia, burguesía, corporaciones). 

3) El Poder Judicial argentino se auto-reproduce como Familia judicial. Por eso esconde su origen plebeyo para autorreproducirse, de allí que su composición endogámica (de clase) dependa de un mecanismo de ingreso falsamente meritocrático, a la vez que se asegura la reproducción de un capital simbólico y de lazo acordes con una trama de tipo “familiar-mafiosa”. El viejo concepto de “familia judicial”, pero no es ya una sucesión sanguínea, aunque el nepotismo sea una característica del acceso a los cargos, siempre que se conjugue con un “padrinazgo” externo.

4) El Poder Judicial hace política todo el tiempo a espaldas de las instituciones democráticas, y es muy permeable a los vaivenes de la política, los medios, y a la presión de las corporaciones. La capacidad de influencia que tienen los grupos de poder económicos, financieros y mediáticos sobre el poder judicial, hoy superan a la capacidad de influencia que pueda tener (como antaño) los otros poderes estatales. La dificultad en la implementación de la ley de medios es un ejemplo de esta tesis.

5) El poder Judicial penal argentino, hace selectividad hacia los pobres, y no selectividad sobre delito de cuello blanco porque está contaminado con los negocios y la cultura los sectores concentrados. Los actos tramados en secreto, como operaciones económicas y de alta criminalidad organizada, con la aquiescencia de los poderes judiciales, es directamente proporcional e inversa a la capacidad que tiene ese mismo poder judicial para perseguir todo el tiempo a los sectores populares por delitos de poca monta, groseros, o inexistentes. El Poder judicial gestiona criminalizando la miseria y encubre la criminalidad compleja.

6) El poder Judicial es reactivo frente a los elementos internos que lo ponen en crisis o ponen al descubierto sus tramas reaccionarias. La importancia de los magistrados díscolos y las voces críticas dentro del poder Judicial. Aquellos funcionarios judiciales que desde adentro dejan traslucir la trama de poder que se gesta a espalda de los sectores populares, somos constantemente perseguidos por nuestros pares, por no guardar silencio y cumplir con la “omertá judicial”. La importancia de que exista una composición o corriente alternativa y crítica dentro de las tramas judiciales es fundamental para coadyuvar-dinamizar desde adentro, con la decisión política externa de democratizarlo. Son esos cuadros los que tienen capacidad de activismo para dar el ejemplo de que los privilegios deben ceder, y el acercamiento con la sociedad civil debe ser real. Debe asegurarse un canal de protección para la expresión de estos sectores, y no de las voces hegemónicas dentro del poder judicial, los que ya tienen aseguradas sus formas de difusión.

7) Tres aspectos para reformar la justicia argentina reduciendo su privilegio de casta: Se me ocurren tres aspectos deben tenerse en cuenta sobre la problemática de la justicia argentina actual y su relación con corporaciones externas de poder: a) la fase agonal: forma en la que se llega a ser magistrado, es decir, una política que transparente al máximo los mecanismos de selección y concurso, incluyendo la posibilidad de que el sufragio sea un mecanismo; b) la fase arquitectónica: una política que otorgue plazos para el cumplimiento de los cargos, que limite privilegios impositivos, y evite el juego de dadivas o intercambio de dones ostentosos, de acuerdo a transparencia de patrimonios; c) la fase final: que evite privilegios previsionales, y que el funcionario rinda cuentas sobre su gestión, así como su capacidad patrimonial al final del mandato. Claro que la construcción o diseño de un sistema de este estilo, requiere una medicación constitucional que la avale, pues los instrumentos constitucionales son resabios del siglo XIX, y todavía hablan de estabilidad en los cargos, intangibilidad de los salarios, etc.

 8) La justicia cautelar argentina ha sido una manifestación de conservación de los sectores dominantes privilegiados, y no un sistema de devolución de derechos económicos, sociales y culturales de los sectores excluidos. La justicia express cautelar que hemos visto en estos últimos tiempos nace desde la doctrina judicial y jurisprudencia elaborada por la presión de estudios jurídicos poderosos, para favorecer a minorías poderosas. Doctrina judicial que al mismo tiempo ha colocado trabas en sistema cautelar que favorece el acceso a la justicia de los sectores populares (amparos, acciones de clase, etc.). O bien ha fomentado una cultura cautelar de la prisionalización selectiva sin condenas de esos sectores populares.

9) Una justicia más popular y democrática no es lo mismo que populismo judicial o demagogia punitiva: Asistimos hoy en día a un discurso que pregona por una justicia más cerca del pueblo, algo que como venimos diciendo es más que necesario y fundamental, sin embargo ese discurso es una “generalización” con riesgo a ser utilizado en forma electoralista para apagar la “demanda popular de más seguridad”, devolviendo (contradictoriamente) poder autoritario a ese poder judicial que se critica. Ese poder judicial demagogo en vez de estar más cerca de la gente, va a recrudecer sus respuestas punitivas sobre sectores populares, y no va a resolver el problema de base que se pretende combatir. Aumentar las penas del delito de trata no va a bajar el delito de trata. Limitar excarcelaciones por la portación de armas tampoco va a fomentar el desarme, ni va a impedir que “los delincuentes entren por una puerta y salgan por la otra”. La implementación del juicio por jurados es una forma de lograr la participación popular, siempre y cuando quien lo implemente no lo utilice como una forma de linchamiento de pobres.

10) La democratización de la justicia argentina debe ser una respuesta estructural a un problema histórico estructural, con información seria y transparente hacia la sociedad civil, quien debe acompañar el cambio: El cambio de la justicia argentina debe lograrse con el consenso social, y no depender de especulaciones coyunturales o demagogias punitivas-proselitistas. Una reforma constitucional es el escenario ideal para lograrlo. El pueblo debe formar parte de esa decisión, y contar con información veraz y transparente para acompañarlo.-

1 comentario:

  1. Es tan extraordinaria tu masa escrotal que mete miedo al más valiente!!!! solo te faltó decir (yo lo digo), que conocí " jueces" que llegaban a "trabajar" en coches muy humildes al principio de sus "taréas", sobre todo los federales... ahora se mueven en coches de ALTA GAMA, muchos de ellos son trillonarios , también los del FUERO PENAL CÓMICO!!!, y pensar que a un pobre tipo que se equivocó y robó dos naranjas les dan perpetua y a JAIME, DE VIDO, CRISTINA, MOYANO ( SIGUEN LAS LISTAS), NO LOS LLAMAN A DECLARAR ni siquiera por escrito!!!además de permitir a los policías que amañen causas a troche y moche y que, cuando los imputados van a juicio oral son condenados sin pruebas forzando las resoluciones para que nosotros los Defensores Particulares tengamos que ir a la casación, adonde en el 99% de los casos confirman y que se jodan!!!! estoy asombrado por la claridad de conceptos vertidos hacia la "justicia", pero...no son ajenos a estos verdaderos delincuentes judiciales políticos como Daniel Scioli y el ex agente penitenciario Ricardo Casal, que permiten no solo que estos verdaderos delincuentes queden desempeñándose en el PODER JUDICIAL, nunca más acertado el nombre, verdadera ormetá que solo consigue que, cada vez hayan más imputados que ante la promiscuidad del encierro las torturas, y que jamás puedan reinsertarse en la "sociedad", delincan cada vez con más virulencia, en atención que, las cárceles de nuestra provincia y del país todo, sean verdaderos antros de formación y perfeccionamiento de delitos, aún para los primarios absolutos a los que muchísimos de ellos se les inventaron causas inexistentes y por las cuales son condenados!!!

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