tag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post1681342020359662294..comments2023-07-05T11:00:41.674-03:00Comments on Ante la Ley: El Papa argentino y la Constitución Argentina: Estado e iglesia católica, preguntas y respuestasLucas Ahttp://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comBlogger12125tag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-53118670258259778322015-01-24T20:21:38.669-03:002015-01-24T20:21:38.669-03:00Claro, siempre existen tensiones y consensos. E ir...Claro, siempre existen tensiones y consensos. E irremediablemente cambian. Ahora este es el consenso contigente que tenemos. Como digo en el último párrafo (creo de esta nota o de otra que se publicó por acá y en lo de Bilinkis) que debería reformarse el artículo 2 para una plena igualdad y para mayor libertad de culto.<br /><br />Sin duda Rawls es un autor importante, que hizo aportes enormes, pero solamente un autor. Lamento disentir con sus autodefinidas posturas liberales igualitarias. Claramente, para mi son más liberales que igualitarias (o directamente tienen mucho más de liberales que de igualitarias). <br /><br />Gustazo. Salud y sigamos!Lucas Ahttps://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-68793858750003043112015-01-23T19:12:21.018-03:002015-01-23T19:12:21.018-03:00un oxímoron? por qué? el propio Rawls llama así a ...un oxímoron? por qué? el propio Rawls llama así a su teoría, haciendo referencia a la igualdad en la libertades básicas que todos debemos tener. Bueno no importa, no es relevante. No sé si tengo una teoría ético-política articulada para presentar. Lo que me sigue haciendo ruido es que en el post explicitás varios enunciados, algunos más interesantes que otros, y das razones para sostener que los mismos son falsos. Pero me parece que la verdad o falsedad de tus enunciados sólo se pueden establecer conforme la base ético-política de la que partís; bien pudiera ser el caso que se defienda que el art. 2 de la C.N. establece que la República Arg. sostiene el culto católico como la religión verdadera aunque reconoce la libertad de ejercer otros cultos, compatibilizando ambas normas, por lo que el valor de verdad del enunciado en cuestión cambiaría. Y quién de los dos tiene razón, o mejores razones (tú o el hipotético defensor de la otra interpretación) ya no me resulta nada claro; y tampoco veo cómo podría llegar a un acuerdo en cuál de las dos interpretaciones es la más razonable. Allí vos decís que en nuestra doctrina y jurisprudencia existe un consenso, pero bien sabés que los consensos pueden cambiar, y de hecho cambian. Saludos. La seguimos.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-62135412551514274662015-01-21T14:39:53.466-03:002015-01-21T14:39:53.466-03:00Igualdad liberal es un oxímoron. Lejos del liberal...Igualdad liberal es un oxímoron. Lejos del liberalismo (sobre todo en nuestro contexto) en mi caso. Más pensando en las teorías igualitarias en general (algunas más liberales, otras más radicales, democráticas, socialistas, etc).<br /><br />No tengo problemas de dar la discusión en el plano de la moralidad política. Eso es lo que estoy haciendo. Pero no puedo darla en el caso de "una visión moral distinta, sea cual fuere". Presentá una, identifiquemos una y la testeamos. Presenté la mía en el artículo y los comentarios.<br /><br />No sé si tomaría a Dworkin para eso pero discutamos cuando quieras. Me contactás por e-mail y lo charlamos. Perdón la demora en contestar! Salud y sigamos!Lucas Ahttps://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-71736756307790265442015-01-19T17:10:29.569-03:002015-01-19T17:10:29.569-03:00Ok, como parece que concedes el punto en el cual s...Ok, como parece que concedes el punto en el cual sólo es plausible una lectura moral de la Constitución, entonces entiendo que el plano de discusión se traslada a una cuestión más fundamental, más básica. Esto es, a la discusión sobre qué corriente ético-política es más defendible; en tu caso afirmas que es una lectura de igualdad liberal o algo por el estilo. Entonces, sólo podemos hablar de contradicciones en la medida que los textos sean constrastados con tus premisas igualitarias, pero podría suceder que tales textos se puedan compatibilizar perfectamente con una visión moral distinta, sea cual fuere. De modo que deberás ganar la discusión en el plano de la moralidad política, y ningún método interpretativo distinto a este pude ser usado para decirnos que dicen el texto constitucional. Un gusto, salud y buen comienzo del 2015. PD: te comento que actualmente estoy elaborando la tesis de una maestría que cursé y mi tema está relacionado al artículo 19 de la C.N. , del que surge que el mismo puede ser interpretado de al menos dos modos diferentes, lo que nos lleva a la existencia de dos normas totalmente diferente, una amplía más el ámbito de las acciones privadas y la otra la acota demasiado. Ambas visiones han sido sostenidas por la dogmática y la jurisprudencia. Y mi punto de partida es que una respuesta a cómo debe leerse esta normativa no puede darse desde los diversos métodos interpretativos (literal, correctora, etc.) sino, siguiendo a Dworkin, desde una visión moral, esto es, contrastando en mi caso el liberalismo, con el perfeccionismo y el moralismo legal. Me gustaría, si te interesa el tema que lo discutamos. Saludos.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-86710873220572409462015-01-01T15:18:28.223-03:002015-01-01T15:18:28.223-03:00No sé cuál es la postura "razonable". Lo...No sé cuál es la postura "razonable". Lo que sí puedo determinar cuál es la irrazonable. Una postura que postule la desiguladad de cultos y la mayor libertad de cultos de un grupo sobre otro (sea la religión que sea, en el lugar del mundo que fuese) es irrazonable e indefendible. <br /><br />La libertad y la igualdad acá están unidas de forma inseparables, sin embargo, lo que escribí está más inclinado en una postura igualitaria, de una comunidad que se esfuerza por tratar como iguales a todos, más que en una postura de neutralidad liberal. De hecho, para mayor prueba, no uso la palabra neutralidad ni liberal en mi artículo. <br /><br />La seguimos, buen año y salud!<br />Lucas Ahttps://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-40022128376354875912015-01-01T15:14:08.659-03:002015-01-01T15:14:08.659-03:00Gracias por el comentario de fin de año. Mi postur...Gracias por el comentario de fin de año. Mi postura es más igualitaria que liberal. La libertad de culto y el igualdad de culto es parte de nuestra cultura moderna. Sostengo que el principal problema no es (sólo) la libertad de culto sino la igualdad de culto. Hay problemas de igualdad de culto y en cómo los actores públicos tratan a ciertas religiones de manera preferente, diferente, sin razón alguna. Y la libertad de culto está menoscabada en tanto no hay igualdad entre los cultos.<br /><br />Me resulta muy difícil pensar una posición ético-política que sostenga la desigualdad de los cultos y que sea plausible en un tema tan sensible como la religión. ¿Hay religiones "verdaderas" y las demás no merecen un trato igualitario? ¿Eso lo determina la cantidad de creyentes en una sociedad? Lo dudo. Esa posición, que "toma partido" es obviamente indefendible desde la propia Constitución y sus principios igualitarios, hoy reforzados por los DDHH. La Constitución, de todas formas, tiene contradicciones históricas que como postulé en el artículo deben ser aclaradas para mejorar su perfil igualitario.<br /><br />Sigamos, salud y buen año!Lucas Ahttps://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-1479542790412832982014-12-31T17:32:55.230-03:002014-12-31T17:32:55.230-03:00Buenas, me pareció muy interesante el post, pero m...Buenas, me pareció muy interesante el post, pero me surgieron algunas cuestiones. Lucas, entiendo que tu lectura del texto constitucional es claramente (y explicitado por vos mismo) liberal. Ahora bien, por qué no pensar que hay quienes pueden ofrecer una lectura del texto constitucional desde una visión moralmente distinta que llevara a establecer normas que vinculen fuertemente al Estado con la religión mayoritaria. Si esto es plausible, ya no me queda para nada claro cuál es el criterio de corrección, es decir, cuál de las lecturas es la más razonable, verdadera, etc.. En otras palabras, por qué preferir una lectura liberal a otra cualesquiera (que fuera moralmente plausible). Creo que sin argumentos de tipo moral esto no puede ser plausible. Gracias. Saludos.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-86640266173006733692014-12-31T14:24:26.425-03:002014-12-31T14:24:26.425-03:00No me parece plausible y sí algo apresurado las af...No me parece plausible y sí algo apresurado las afirmaciones del post. Es que, tales aseveraciones parten de una determinada concepción moral de cómo debe ser interpretado el texto Constitución, entonces tu lectura, claramente liberal de la Constitución debe ser contrastada con otras interpretaciones moralmente plausibles, y debes dar razones (obviamente morales) de por qué tu lectura es la que debe erigirse como la mejor lectura moral de la Constitución. De otro modo no creo que la interpretación que has presentado del texto sea de ningún modo concluyente en cuanto a la relación entre Estado y Religión. Es decir, hay quienes pueden interpretar el texto de modo tal que el término "sostiene" signifique tomar partido por una determinada religión, basándose en el preámbulo (Dios es fuente de razón y justicia), en el art. 19 de la C.N., etc.. En conclusión, la defensa de una determinada lectura constitucional debe ser argumentada desde una visión ético-política, y debe darse argumentos de por qué esa lectura es moralmente la mejor. Entiendo que ni una interpretación literal ni correctora (en ninguna de sus variantes) puede dar una respuesta concluyente a la pregunta por cuál es la relación entre el Estado y determinada religión, dado que tomar cualquiera de ellas nos puede dar como resultado normas contrapuestas.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-68796374328977728562013-03-25T14:27:31.018-03:002013-03-25T14:27:31.018-03:00Gracias Verooo! Muchas gracias por el dato, sería ...Gracias Verooo! Muchas gracias por el dato, sería muy muy interesante saber qué pasó, obviamente. <br />Salutes!Lucas Ahttps://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-42068329533685551052013-03-21T20:23:07.270-03:002013-03-21T20:23:07.270-03:00Es sabido desde hace rato que en Formosa los derec...Es sabido desde hace rato que en Formosa los derechos electorales de las distintas etnias no son precisamente respetados. Asi que la Justicia Nacional Electoral dispuso tomar medidas para las elecciones de este año. Se puede leer el comunicado <a href="http://www.cij.gov.ar/nota-10973-Comunicado-de-la-Justicia-Nacional-Electoral-sobre-medidas-previstas-para-la-participacion-electoral-de-los-pueblos-originarios-en-la-provincia-de-Formosa.html" rel="nofollow">aqui</a>.<br />Deseo destacar unos párrafos relacionados con la nota:<br /><i>"…el juez federal Eduardo Agustín Valiente mantuvo sendas reuniones con distintas autoridades del Gobierno de la Provincia de Formosa y con <strong>representantes de la Iglesia Católica</strong>.<br />…<br />En la reunión llevada a cabo por el magistrado con el <strong>Obispo Diocesano</strong> de la provincia, se planteó la necesidad de desplegar acciones comunes con los <strong>representantes de la Iglesia Católica</strong> pero también <strong>con los de las Iglesias Evangélicas y Anglicana</strong>, ya que éstas cuentan una fuerte presencia en el territorio provincial.<br />…"</i><br />fahirschhttps://www.blogger.com/profile/01804905779889610497noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-55534480737276829942013-03-17T20:28:22.237-03:002013-03-17T20:28:22.237-03:00Lamentablemente la normativa constitucional es una...Lamentablemente la normativa constitucional es una y la percepción de la gente es otra (aquí y en otros lados). A nivel provincial, por ejemplo, tenemos la constitución de Catamarca cuyo Artículo 131 dice <i>Para ser elegido Gobernador o Vice-Gobernador se requieren:<br />…2.- Profesar el culto Católico Apostólico Romano.…</i><br />y el art 270 dice: <i>"Artículo 270.- La Provincia garantizará la Enseñanza Religiosa en sus centros educativos de todos los niveles según el culto de los educandos,…</i>. Y el art. 4 <i>" El Gobierno de la Provincia protegerá el Culto Católico Apostólico Romano,…"</i><br />Y la constitución de Salta dice en su art 11 que <i>…coopera al sostenimiento y protección del culto católico, apostólico y romano</i> y cuyo art. 49 dice: <i>…Los padres y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones."</i> y además lo implementa.<br />Y la de Santa Fe: <i>"Artículo 3.- La religión de la Provincia es la Católica, Apostólica y Romana, a la que le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes."</i><br />Y no sigo con otras constituciones.<br />Si vamos al nivel municipal tenemos centenares de fiestas patronales, cruces en las entradas de los pueblos. Me abstengo de reflexionar sobre los nombres de muchos pueblos.<br />fahirschhttps://www.blogger.com/profile/01804905779889610497noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7832163116419187910.post-35806396353149304662013-03-16T13:12:48.156-03:002013-03-16T13:12:48.156-03:00Conocí un caso en el que se planteaba la aplicació...Conocí un caso en el que se planteaba la aplicación de la garantía de inmembargabilidad de una sinagoga, a partir de un juicio ejecutivo o de cobro de pesos. Lo agarraron unos abogados comerciales, no sé qué habrá pasado, pero recuerdo que me consultaron y les planteé que fueran con la estrategia del derecho a ejercer la libertad de cultos y la igualdad de condiciones para ejercer esa libertad. Estaría lindo rastearlo. Todas las cuestiones que apunta la nota tienen mucha aplicación en la vida civil de todos los cultos. Salutes!verothttps://www.blogger.com/profile/09131484345781624590noreply@blogger.com